Embargo por deudas ajenas – LegalMatch

¿Existe alguna situación peor que un embargo? Sí, existe. No tener deudas pero aún así tener la incertidumbre de que te vayan a quitar y rematar tus bienes. Este drama se llama embargo por deuda ajena y aquí te explicaremos todo lo que debes saber sobre el tema.

El verse enfrentado a un  es una situación que sin duda alguna produce gran angustia y temor; la posibilidad de que nuestros bienes sean rematados para extinguir una deuda impaga es la peor pesadilla de cualquier deudor. Sin embargo, existe una situación incluso peor, cual es que nuestros bienes sean embargados para extinguir una deuda ajena que no estamos obligados a pagar.

Primero debo señalar que para efectos de esta publicación, “deuda ajena” será aquella en que la persona cuyos bienes son embargados no intervino de forma alguna en el acto que dio origen a la obligación, ya que si caucionó la misma constituyéndose como, por ejemplo, sin perjuicio de que la deuda sea ajena, igualmente está obligado a responder por ella.

Tabla de contenidos

¿Qué es un embargo por deuda ajena?

Antes de seguir avanzando debemos aclarar este término. Embargo por deuda ajena hace referencia a un proceso de embargo por una deuda que no me corresponde, es decir que no es mía. Si te amenazaron con un embargo pero no tienes deudas, entonces debes seguir leyendo.

Ejemplos de Embargo por deuda ajena

Veamos un ejemplo para entenderlo mejor. Mi sobrino tiene una deuda y lo demandaron. Al demandarlo comienza inmediatamente un proceso de embargo. ¿El problema? Mi sobrino vive conmigo y cuando vinieron a tomar nota de los bienes, pusieron en la lista de embargo las cosas que estaban en la casa. Todas esas cosas son mías, no de mi sobrino.

¿Pueden embargar mis bienes aunque la deuda sea de mi sobrino y no mía? Lamentablemente si pueden, pero hay formas de evitarlo.

Pongamos otra situación. Imaginemos que arrendaste tu departamento por varios años. La persona que vivió ahí en este tiempo tenía una deuda y dio esa dirección como su domicilio. Pasó el tiempo, el arrendatario se fue, y hoy vienen a realizar un embargo.

¿Pueden embargar las cosas aunque la persona (el deudor) ya no viva ahí? Al igual que en el primer ejemplo, sí pueden pero también hay formas de evitarlo.

¿Por qué ocurren los embargos por deudas ajenas?

Sabemos que son injustos, pero tienen una razón de ser. Como explicamos en nuestro artículo de embargos, el receptor judicial que va a tomar nota de tus bienes, asume que la dirección que maneja es la real y por lo tanto asume también que los bienes que están ahí pertenecen al deudor (aunque no sea así).

Veámoslo de otra forma. No está dentro de los deberes del receptor judicial, corroborar la información que se maneja sobre las deudas. El acude al lugar que indicó el deudor y toma nota de los bienes que ahí están.

Sí, es injusto, pero hay una forma de evitarlo. Te lo explicamos a continuación.

¿Cómo evitar un embargo por deuda ajena?

La única forma de evitar este tipo de embargo es probando que los bienes no pertenecen al deudor. Si tu logras comprobar que los bienes que se encuentran en el domicilio son tuyos, de tu señora o de otra persona (ajena a quien tiene la deuda), entonces no habrá problema.

Solución embargo por deuda ajena

Pero ¿cómo se hace esto? A través de una tercería. Las tercerías son el único medio legal para probar y comprobar que los bienes son míos y por lo tanto no me los pueden quitar.

En resumen

  • Un embargo por deuda ajena es el proceso en que rematarán tus bienes por una deuda que no te pertenece (y con la que no tienes relación)
  • Ocurren porque no existen mecanismos que obliguen al receptor judicial a corroborar la información que dio el deudor
  • La única forma de evitar un embargo por deuda ajena es presentando un tercería

 

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