Repactar estira el problema. La renegociación bajo la Ley 20.720 lo resuelve de verdad: congela intereses y cobranza, y te deja una cuota mensual que sí puedes pagar.
Video real pendiente de grabación — Rafaela explicando el proceso, 45–60 segundos, mismo formato vertical de Instagram y TikTok.
El 60% es el límite legal — nosotros apuntamos a dejarte en una zona de pago saludable, con margen real de ahorro, según tu situación y tus números específicos.
Desde tu admisión al proceso, los intereses moratorios y la cobranza judicial quedan detenidos.
Mientras dura el proceso, tus acreedores no pueden iniciar ni continuar demandas en tu contra.
Durante los meses de gracia, te enfocas solo en créditos relevantes como el hipotecario. Además, es muy probable que los descuentos por planilla de tus otros créditos se frenen durante el proceso, liberando liquidez inmediata.
No entregas tus bienes: renegociar no es lo mismo que liquidar tu patrimonio.
La cuota mensual es referencial — lo que queda fijo en el acuerdo es que no habrá recargos por intereses, cuántas cuotas son y a partir de qué fecha empiezas a pagar. Sin sorpresas.
El plan contempla un período inicial donde solo se pagan créditos relevantes como el hipotecario, mientras el resto está en pausa.
Durante el proceso es probable que se frenen los descuentos por planilla, liberando liquidez de inmediato.
La renegociación es un procedimiento legal contemplado en la Ley 20.720, tramitado ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento. Reúne todas tus deudas — tarjetas, créditos de consumo, casas comerciales, créditos automotrices, deudas de autopistas, cementerios y más — en un solo proceso, con un único acuerdo de pago al final. Dura en promedio unos 10 meses, y durante todo ese tiempo tus intereses y la cobranza judicial quedan congelados.
Conversamos sobre tu caso: nos cuentas tu situación y vemos si cumples los requisitos para renegociar.
Con tu información real armamos un informe que muestra cómo sería tu nueva realidad si renegocias.
Presentamos tu solicitud ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.
Te guiamos sobre cómo abordar la cobranza mientras eres admitido al proceso, para que no quedes sin orientación en ese período intermedio.
Desde la admisión, se congelan los intereses moratorios y se detiene la cobranza judicial. Te acompañamos y orientamos sobre cómo abordar la cobranza durante este período.
Presentamos una propuesta de pago a todos tus acreedores a la vez, acorde a tu capacidad real.
Firmas un acuerdo con cuota fija y sales del sobreendeudamiento de forma legal y definitiva.
Cuéntanos tu caso en una reunión gratuita y sin compromiso. Te decimos el mismo día si aplicas.